Requisitos de Inmigración

Trámites de inmigración de EE. UU. explicados en español, con datos oficiales

Cada dato con su fuente oficial y su fecha

Cómo pedir a mis hermanos para que vivan en Estados Unidos

Por Equipo editorial de Requisitos de InmigraciónActualizado el Verificado el

Solo un ciudadano de 21 años o más puede pedir a un hermano (categoría F4). Formularios, costo, la fecha de corte del boletín por país e ingresos del patrocinador.

Respuesta rápida

¿Quién puede pedir?
Solo un ciudadano estadounidense de 21 años o más 23
Categoría
Cuarta preferencia familiar (F4) 4
Formulario
I-130: $675 en papel o $625 en línea 5
F4, noviembre de 2026: Fechas de acción final
México: 22 abr. 2001 · Filipinas: 15 may. 2008 · India: 15 dic. 2006 · resto del mundo: 22 oct. 2012 13
F4, noviembre de 2026: Fechas para presentar
México: 30 abr. 2001 · Filipinas: 22 mar. 2009 · India: 1 feb. 2007 · resto del mundo: 1 nov. 2012 613
Ingresos del patrocinador
125 % de las Guías de Pobreza (desde $27,050 para un hogar de 2 en los 48 estados) 9

Sí puede pedir a su hermano o hermana si usted es ciudadano estadounidense y tiene 21 años o más. Se hace con el Formulario I-130 y su hermano queda en la cuarta categoría de preferencia familiar, F4.24 Si usted es residente permanente, todavía no puede: los residentes permanentes solo pueden pedir a su cónyuge y a sus hijos solteros.12

La F4 tiene un número limitado de visas al año (la ley fija un máximo de 65,000, más las que no se usen en las categorías familiares anteriores), así que su hermano no inmigra en cuanto se aprueba la petición: espera a que su fecha de prioridad esté vigente en el Boletín de Visas, y la fecha de corte es distinta según el país donde nació.246

Quién califica como hermano

Para la ley de inmigración, son hermanos quienes tienen al menos un padre o una madre en común.23 Eso incluye a medios hermanos. Los hermanos por adopción o por un padrastro o una madrastra también pueden calificar, pero USCIS pide pruebas adicionales de esa relación: por ejemplo, el decreto de adopción que muestre que la adopción ocurrió antes de que el hijo adoptado cumpliera 16 años, o el acta de matrimonio del padrastro o la madrastra con el padre o la madre biológicos.12

El cónyuge de su hermano y sus hijos solteros menores de 21 años no necesitan una petición propia: son beneficiarios derivados y se anotan en la Parte 4 de la I-130.2 Otros familiares, como sobrinos, tíos, primos o suegros, no se pueden pedir con la I-130.2

Los formularios y su costo

Paso Formulario Costo oficial
Petición I-130, Petición de Familiar Extranjero $675 en papel o $625 en línea5
Patrocinio económico I-864, Declaración Jurada de Patrocinio Económico Sin tarifa de USCIS5
Si su hermano está fuera de EE. UU. Solicitud de visa de inmigrante (DS-260) $325 por persona10
Después de emitida la visa Tarifa de inmigrante de USCIS $235, se paga en línea511
Si su hermano está en EE. UU. y puede ajustar I-485, Solicitud de Registro de Residencia Permanente o Ajustar Estatus $1,440 en papel o $1,390 en línea (14 años o más)5

Las tarifas de USCIS son del Formulario G-1055, edición 10/26/26; las del Departamento de Estado, de 22 CFR 22.1. Todas las tarifas están en costos de USCIS.

Los documentos que prueban que son hermanos

Con la I-130 se envían:2

  • prueba de su ciudadanía (acta de nacimiento en EE. UU., certificado de naturalización o de ciudadanía, FS-240 o pasaporte estadounidense vigente);
  • su acta de nacimiento y la de su hermano, que muestren al menos un padre en común;
  • si solo comparten el padre, las actas de matrimonio del padre con cada una de las madres y los documentos que prueban que terminaron los matrimonios anteriores;
  • traducción completa al inglés, con certificación del traductor, de todo documento en otro idioma.

Si un acta no existe, se presenta una constancia de la autoridad civil y pruebas secundarias, como registros religiosos o escolares.2 Los detalles están en la guía del Formulario I-130.

La espera real: el Boletín de Visas por país

El Boletín de Visas publica cada mes dos cuadros con una fecha de corte para cada categoría y país.13 Su hermano solo avanza cuando la fecha de prioridad de la petición (en general, la fecha en que la petición se presentó correctamente ante USCIS) es anterior a la fecha de corte del cuadro que se aplica a su caso:

  • A. Fechas de acción final: indican cuándo puede emitirse la visa. Es el cuadro que se usa si su hermano tramita la visa de inmigrante en un consulado, con el Centro Nacional de Visas (NVC).13
  • B. Fechas para presentar: indican cuándo se puede empezar el trámite. En el proceso consular, el NVC puede pedir los documentos a quien tiene una fecha de prioridad anterior a la de este cuadro.13
  • Ajuste de estatus dentro de Estados Unidos: USCIS indica cada mes qué cuadro se usa. Para noviembre de 2026 indica B. Fechas para presentar en las categorías familiares.6

Estas son las fechas de corte de la F4 en noviembre de 2026, con las de octubre de 2026 para comparar:

País de nacimiento del beneficiario A. Fechas de acción final, noviembre de 2026 Octubre de 2026 B. Fechas para presentar, noviembre de 2026 Octubre de 2026
México 22 de abril de 2001 22 de abril de 2001 30 de abril de 2001 30 de abril de 2001
Filipinas 15 de mayo de 2008 15 de mayo de 2008 22 de marzo de 2009 22 de marzo de 2009
India 15 de diciembre de 2006 15 de diciembre de 2006 1 de febrero de 2007 1 de febrero de 2007
China (continental) 22 de octubre de 2012 22 de octubre de 2011 1 de noviembre de 2012 1 de noviembre de 2011
Todos los demás países 22 de octubre de 2012 22 de octubre de 2011 1 de noviembre de 2012 1 de noviembre de 2011

Fuente: boletines oficiales del Departamento de Estado de noviembre y octubre de 2026 (copias PDF de los boletines oficiales) y páginas mensuales de USCIS.131467

Cómo leer la tabla: en noviembre de 2026, la visa de un hermano nacido en México que tramita en un consulado puede emitirse si su fecha de prioridad es anterior al 22 de abril de 2001 (cuadro A). Para quienes nacieron en un país sin columna propia, como El Salvador, Guatemala, Colombia o Venezuela, se usa la columna «todos los demás países». De octubre a noviembre de 2026 esa columna avanzó un año en los dos cuadros; México, Filipinas e India no se movieron.1314

Las fechas de la tabla valen solo para el mes indicado; no son una predicción de cuándo avanzará el boletín. Para comparar su propia fecha de prioridad con los dos cuadros, use la herramienta del Boletín de Visas o vea el historial de la F4.

El patrocinio económico: Formulario I-864 y la tabla I-864P

La mayoría de los inmigrantes por familia necesitan el Formulario I-864, Declaración Jurada de Patrocinio Económico, para demostrar que tienen medios de sostén suficientes. Usted lo completa y se lo entrega a su hermano para que lo presente con su solicitud de visa de inmigrante (Formulario OF-230) o con su Formulario I-485; si el Centro Nacional de Visas le envía el formulario, se siguen sus instrucciones. Desde el 1 de octubre de 2026, USCIS solo acepta la edición 08/24/26.8 Con él, usted demuestra ingresos de al menos el 125 % de las Guías de Pobreza del HHS para el tamaño de su hogar, según la tabla I-864P vigente desde el 1 de marzo de 2026:9

Personas en el hogar del patrocinador 48 estados contiguos, D. C., Puerto Rico, Islas Vírgenes de EE. UU., Guam e Islas Marianas del Norte Alaska Hawái
2 $27,050 $33,813 $31,113
3 $34,150 $42,688 $39,275
4 $41,250 $51,563 $47,438
5 $48,350 $60,438 $55,600
6 $55,450 $69,313 $63,763
7 $62,550 $78,188 $71,925
8 $69,650 $87,063 $80,088
Cada persona adicional +$7,100 +$8,875 +$8,163

Fuente: USCIS, Formulario I-864P, columna del 125 % («para todos los demás patrocinadores»).9 Los patrocinadores en servicio activo en las Fuerzas Armadas usan el 100 % solo cuando piden a su cónyuge o a su hijo, no a un hermano.9 La página I-864P de USCIS muestra además, al principio, una tabla sin título con cifras antiguas que no corresponden a ninguna región; use la tabla de su estado o territorio.

Pasos, de principio a fin

  1. Usted presenta la I-130 en línea o por correo, con las pruebas de ciudadanía y de la relación. USCIS le envía un aviso de recibo.12
  2. USCIS decide la petición. La aprobación no da la residencia: solo confirma la relación.2
  3. Su hermano espera a que su fecha de prioridad esté vigente en el boletín, mes a mes.
  4. Si está fuera de Estados Unidos, USCIS por lo general envía la petición aprobada al Centro Nacional de Visas (NVC) del Departamento de Estado, y su hermano pide la visa de inmigrante en una embajada o un consulado.12 En ese trámite se presenta su I-864 y se paga la tarifa de solicitud de visa de inmigrante.810
  5. Si está en Estados Unidos y puede ajustar su estatus, presenta el Formulario I-485 cuando la fecha esté vigente en el cuadro que USCIS indique ese mes.6
  6. Al recibir la visa, se paga en línea la tarifa de inmigrante de USCIS de $235. USCIS recomienda pagarla después de recoger la visa y antes de viajar; también se puede pagar después de llegar, pero la Tarjeta de Residente Permanente no se envía hasta que se paga.11

Si no está seguro de que su familiar califique, use la herramienta ¿A quién puedo pedir?. Si tiene preguntas sobre su caso en particular, puede buscar ayuda legal gratis acreditada.

Preguntas frecuentes

¿Un residente permanente puede pedir a su hermano?

No. Los residentes permanentes solo pueden pedir a su cónyuge y a sus hijos solteros. Los hermanos solo pueden ser pedidos por ciudadanos estadounidenses de 21 años o más 2.

¿Mi hermano puede traer a su esposa y a sus hijos?

Sí. El cónyuge y los hijos solteros menores de 21 años de su hermano son beneficiarios derivados: no hace falta una petición aparte para ellos, se anotan en la Parte 4 de la I-130 y pueden pedir la visa junto con su hermano 2.

¿Puedo pedir a un medio hermano?

Sí, si tienen al menos un padre en común. Si solo comparten el padre, hay que presentar además las actas de matrimonio del padre con cada madre y las pruebas de que terminaron los matrimonios anteriores 2.

¿Cuánto tiempo hay que esperar?

No hay un plazo fijo. La F4 tiene un número limitado de visas al año y las peticiones avanzan en el orden de su fecha de prioridad 24. Lo que se publica cada mes son las fechas de corte del Boletín de Visas. En noviembre de 2026, para México, la Fecha de acción final de la F4 es el 22 de abril de 2001 y la Fecha para presentar, el 30 de abril de 2001: solo avanzan las peticiones con fecha de prioridad anterior a esas fechas 613.

¿Mi hermano puede venir mientras espera?

No por la petición. USCIS explica que una I-130 pendiente no da ninguna vía para que su hermano entre a Estados Unidos antes de inmigrar, y que en la mayoría de los casos el beneficiario de una petición pendiente o aprobada no califica para una visa de no inmigrante, aunque hay algunas excepciones 1. La petición aprobada tampoco le da permiso para inmigrar de inmediato 2.

Guías relacionadas

Fuentes

  1. Bringing Siblings to Live in the United States as Permanent Residents (en inglés), USCIS. Fecha de la fuente: Revisada por USCIS el 1 de abril de 2011. Consultada el 29 de octubre de 2026.
  2. Instrucciones del Formulario I-130/I-130A (Instructions for Form I-130/I-130A), USCIS. Fecha de la fuente: Edición 1 de abril de 2024. Consultada el 29 de octubre de 2026.
  3. 8 CFR 204.2, Petitions for relatives, widows and widowers, and abused spouses and children (en inglés), eCFR. Fecha de la fuente: Al día al 27 de octubre de 2026. Consultada el 29 de octubre de 2026.
  4. 8 U.S.C. 1153 (INA 203), Allocation of immigrant visas (en inglés), GPO govinfo, Código de Estados Unidos, edición 2024. Fecha de la fuente: Edición 2024. Consultada el 29 de octubre de 2026.
  5. Formulario G-1055, Desglose de Tarifas (Fee Schedule), USCIS. Fecha de la fuente: Edición 26 de octubre de 2026, publicada el 28 de octubre de 2026. Consultada el 29 de octubre de 2026.
  6. When to File Your Adjustment of Status Application for Family-Sponsored or Employment-Based Preference Visas: November 2026 (en inglés), USCIS. Fecha de la fuente: Revisada por USCIS el 5 de octubre de 2026. Consultada el 29 de octubre de 2026.
  7. When to File Your Adjustment of Status Application for Family-Sponsored or Employment-Based Preference Visas: October 2026 (en inglés), USCIS. Fecha de la fuente: Revisada por USCIS el 29 de septiembre de 2026. Consultada el 29 de octubre de 2026.
  8. I-864, Affidavit of Support Under Section 213A of the INA (en inglés), USCIS. Fecha de la fuente: Revisada por USCIS el 4 de septiembre de 2026; edición 08/24/26. Consultada el 29 de octubre de 2026.
  9. I-864P, Guías de Pobreza del HHS para la Declaración Jurada de Patrocinio Económico, USCIS. Fecha de la fuente: Vigente desde el 1 de marzo de 2026. Consultada el 29 de octubre de 2026.
  10. 22 CFR 22.1, Schedule of fees (Departamento de Estado) (en inglés), eCFR. Fecha de la fuente: Última modificación: 1 de julio de 2026. Consultada el 29 de octubre de 2026.
  11. USCIS Immigrant Fee (en inglés), USCIS. Fecha de la fuente: Revisada por USCIS el 8 de abril de 2024. Consultada el 29 de octubre de 2026.
  12. I-130, Petition for Alien Relative (en inglés), USCIS. Fecha de la fuente: Revisada por USCIS el 7 de octubre de 2026. Consultada el 29 de octubre de 2026.
  13. Visa Bulletin for November 2026 (Boletín de Visas de noviembre de 2026) (en inglés), Departamento de Estado de EE. UU., Oficina de Asuntos Consulares. Fecha de la fuente: Boletín de noviembre de 2026 (número 20, volumen XI); copia PDF del boletín oficial. Consultada el 29 de octubre de 2026.
  14. Visa Bulletin for October 2026 (Boletín de Visas de octubre de 2026) (en inglés), Departamento de Estado de EE. UU., Oficina de Asuntos Consulares. Fecha de la fuente: Boletín de octubre de 2026 (número 19, volumen XI); copia PDF del boletín oficial. Consultada el 29 de octubre de 2026.

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